ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES

Atribuciones del Pleno

I.-Expedir su reglamento interior;

II.-Nombrar al Secretario General de Acuerdos y a los demás servidores públicos a propuesta del Presidente; además, resolver sobre las renuncias que presenten;

III.-Llamar a los magistrados suplentes a desempeñar funciones, de acuerdo a lo previsto en la presente ley y en la Ley Electoral del Estado;

IV.-Conocer de los juicios de inconformidad y recursos de apelación que se promuevan de acuerdo con lo dispuesto por la Ley Electoral del Estado;

V.-Vigilar el irrestricto cumplimiento de la ley en el ejercicio de sus funciones;

VI.-Celebrar cuando menos, una sesión mensual;

VII.-Fijar los mecanismos para sustentar criterios de jurisprudencia obligatoria en la materia, así como conocer las controversias sobre la contradicción de criterios sustentados por las salas;

VIII.-Resolver los conflictos de trabajo suscitados entre el Tribunal Electoral y sus servidores públicos en términos de la fracción XII del apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos, a partir del dictamen que le presente la Comisión Substanciadora del propio Tribunal;

IX.-Designar, a propuesta de su Presidente, al representante del Tribunal Electoral ante la Comisión Substanciadora para los efectos señalados en la fracción anterior;

X.-Elegir por mayoría de votos, por cédula, en votación secreta y escrutinio público a los tres magistrados que integrarán la Sala Permanente del Tribunal Electoral que fungirá en los recesos de éste;

XI.-Elegir a los magistrados director y subdirector del Instituto de Investigaciones y Capacitación Electoral;

XII.-Solicitar al Consejo Electoral del estado los documentos necesarios para poder ejercer cabalmente sus funciones;

XIII.-Elaborar el dictamen técnico en el que se analice y emita opinión sobre la actuación y el desempeño de los magistrados, siguiendo los requisitos que señala el artículo 23 fracción XXVII de la presente Ley;

XIV.-Emitir las bases mediante acuerdos generales, para que las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que realice el Tribunal Electoral, se ajusten a los criterios contemplados en la ley de la materia; y

XV.-Las demás que le confiere esta Ley.

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Atribuciones del Presidente del Tribunal y Pleno

I.-Integrar el Pleno del Tribunal con los demás magistrados;

II.-Presidir el Tribunal Electoral del Poder Judicial del estado;

III.-Dirigir los debates y mantener el orden en las sesiones del Pleno del Tribunal;

IV.-Representar al Tribunal ante toda clase de autoridades;

V.-Convocar en los recesos, a los magistrados propietarios para la integración del Pleno;

VI.-Proponer el nombramiento del Secretario General de Acuerdos y demás personal administrativo del Tribunal;

VII.-Dictar las medidas que exija el buen servicio y la disciplina del Tribunal, e imponer las sanciones administrativas que procedan, al Secretario General de Acuerdos, a los secretarios relatores y demás servidores;

VIII.-Resolver sobre las solicitudes de licencias del personal administrativo, en los términos de las disposiciones legales plicables;

IX.-Conocer y despachar la correspondencia del Tribunal;

X.-Realizar los actos administrativos que se requieran para el buen funcionamiento del Tribunal;

XI.-Elaborar el proyecto de presupuesto del Tribunal, someterlo a la aprobación del Pleno, y una vez aprobado, remitirlo al Presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, para que se incluya en el Presupuesto de Egresos del Poder Judicial;

XII.-Rendir, en la última sesión del Tribunal, un informe dando cuenta de los asuntos tramitados y de los principales criterios adoptados en sus decisiones;

XIII.-Ejercer el Presupuesto de Egresos del Tribunal;

XIV.-Turnar, proporcional y equitativamente, entre él y los demás magistrados los asuntos para su estudio y presentación del proyecto de resolución que en cada uno debe dictarse;

XV.-Ordenar y vigilar que se notifique a los organismos electorales y demás partes interesadas, las resoluciones que emitan;

XVI.-Remitir al Congreso del Estado, el dictamen técnico a que se refiere la fracción XXVII del artículo 23 de la presente Ley.

XVII.-Proponer al Pleno del Tribunal Electoral, el representante de este último, ante la correspondiente Comisión Substanciadora; y

XVIII.-Las demás que le confiera el Pleno del Tribunal.

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Atribuciones de los Magistrados

I.-Ejercer su encargo para el que fueron elegidos en los  términos de la Constitución, la Ley Orgánica, la Ley Electoral y este reglamento;

II.-Concurrir, participar y votar cuando corresponda en las sesiones públicas y reuniones privadas a las que sean convocados;

III.-Integrar la Sala de su adscripción o, en su caso, el Pleno del Tribunal, para resolver colegiadamente los asuntos de  su competencia;

IV.-Solicitar al Presidente de la Sala correspondiente, para  que, en casos extraordinarios, se realice alguna diligencia  para mejor proveer, siempre que ello no sea obstáculo para  resolver dentro de los plazos legales.

V.-Elaborar los proyectos de sentencia de los medios de  impugnación que se someten a su conocimiento, bajo su estricta responsabilidad y con el apoyo de los secretarios adscritos a su ponencia, circulando oportunamente una  copia de dicho proyecto a los demás magistrados de su Sala  de adscripción;

VI.-Exponer en reunión privada, el proyecto de resolución correspondiente, señalando las circunstancias jurídicas y los preceptos en que se funde;

VII.-Discutir y en su caso aprobar los proyectos de  resolución que sean sometidos a su consideración en las  sesiones públicas;

VIII.-Formular voto particular o razonado cuando disienta  de un proyecto de resolución aprobado por mayoría;

IX.-Solicitar, según el caso, al Secretario General de Acuerdos o al Secretario de Acuerdos de Sala, la información  relacionada con la actividad jurisdiccional del Tribunal  Electoral;

X.-Requerir a las  áreas correspondientes los apoyos técnicos necesarios para la adecuada substanciación y resolución de los medios de impugnación que conozca;

XI-Participar de manera permanente cuando así lo determine el Pleno, durante los recesos de las Salas, en las actividades relacionadas con la profesionalización del servicio, definición de criterios de jurisprudencia, capacitación, investigación, difusión académica en materia de justicia electoral y en las iniciativas de leyes electorales.

XII.-Solicitar, para el adecuado desempeño de sus funciones, la cooperación de los órganos del TribunaI Electoral,

XIII.-Proponer al Presidente del Tribunal la realización de un Pleno Extraordinario, exponiendo en la misma el asunto a  tratar;

XIV.-Las demás que les confieran las disposiciones legales  y este reglamento.

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Atribuciones del Secretario General de Acuerdos

I.-Autorizar los acuerdos, resoluciones, diligencias, exhortos  y despachos que se dicten y ordenen por el Pleno del  Tribunal Electoral, la Sala Superior y Sala Permanente;

II.-Examinar y turnar para su radicación, inmediatamente a su presentación a las Salas competentes del Tribunal, bajo  su responsabilidad, los escritos, oficios, documentos y  medios de impugnación que se reciban para que dicten las  prevenciones y resoluciones que procedan;

III.-Supervisar que los expedientes sean registrados, foliados, rubricados y entresellados como lo disponga este  reglamento;

IV.-Formular y dar trámite a los exhortos y despachos que  se ordenen en actuaciones;

V.-Formular y dar trámite a los requerimientos que se ordenen  en actuaciones para la debida substanciación de los  expedientes, siempre y cuando ello no sea obstáculo para resolver dentro de los plazos legales;

VI.-Efectuar las certificaciones necesarias para el debido engrose de las sentencias de la Sala Superior y de las  resoluciones aprobadas por el Pleno;

VII.-Llevar el registro de las sustituciones temporales y definitivas de los magistrados;

VIII.-Supervisar el adecuado funcionamiento de la Oficialía  de Partes, archivo del TribunaI y sus demás áreas de apoyo;

IX.-Elaborar los proyectos de manuales e instructivos de sus áreas de apoyo sometiéndolos a consideración del  Presidente del Tribunal;

X.-Publicar dentro de las veinticuatro horas en los estrados  del Pleno, de la Sala Superior y Permanente, la lista de los  asuntos a tratar en la correspondiente sesión pública;

XI.-Verificar que los magistrados reciban con la suficiente  anticipación a las reuniones privadas y sesiones públicas, según sea el caso, copia de los proyectos de sentencia que habrán de analizarse y discutirse, así como de aquéllos que  habrán de presentarse para su votación;

XII.-Acordar con el Presidente el orden del día de las sesiones y lo concerniente a las mismas, debiendo verificar  la existencia de quórum legal;

XIII.-Supervisar las grabaciones de las sesiones públicas  del Tribunal actuando en Pleno, así como las respectivas de  la Sala Superior;

XIV.-Llevar un registro de los servidores públicos del  Tribunal;

XV.-Realizar los trámites conducentes para que se publiquen  en el periódico oficial "El Estado de Jalisco", los actos que  encomiende el Presidente del Tribunal;

XVI.-Legalizar, con autorización del Presidente del Tribunal, la firma de cualquier servidor del Tribunal, en los casos que la ley lo exija;

XVII.-Elaborar los informes y reportes estadísticos en  materia jurisdiccionaI que le sean requeridos por las Salas y  por el Presidente del Tribunal;

XVIII.-Supervisar que se entregue, con toda oportunidad, a los magistrados los documentos y anexos necesarios para  el estudio y discusión de los asuntos contenidos en el orden del día de las sesiones;

XIX.-Dar cuenta de los asuntos tratar en la sesión pública  que corresponda;

XX.-Levantar las actas de las sesiones y someterlas a la  aprobación y firma de los magistrados;

XXI.-Informar sobre el cumplimiento de los acuerdos;

XXII.-Auxiliar al Presidente del Pleno y de la Salas y dotarlos  con los elementos administrativos a su disposición para  que cumplan cabalmente con sus funciones;

XXIII.-Las demás que le confieran las disposiciones legales  aplicables y este reglamento, así como las que le  encomienden la Sala Superior o el Presidente del Tribunal

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Atribuciones del Director

I.-Programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desempeño de las labores encomendadas a las unidades departamentales y administrativas, que integren la dirección a su cargo;

II.-Acordar con el Presidente del Tribunal la resolución de los asuntos, cuya tramitación corresponda al área de su competencia;

III.-Realizar los dictámenes, opiniones, estudios, e informes que le sean solicitados por la Presidencia del Tribunal; 

IV.-Elaborar el anteproyecto del programa de presupuesto anual, que le corresponda conforme a las normas establecidas;

V.-Formular los proyectos de manuales de organización, procedimientos y servicios de la dirección a su cargo y de las demás unidades departamentales y administrativas que  la conformen;

VI.-Someter a la consideración de la Presidencia del Tribunal;  los proyectos sobre creación, organización, modificación,  fusión o supresión de las unidades departamentales o administrativas que correspondan a su área;

VII.-Proporcionar, previa autorización de la Presidencia, la  información, asesoria y cooperación técnica que le sean solicitadas por las demás direcciones y unidades departamentales del Tribunal;

VIII.-Recibir, en acuerdo ordinario o extraordinario, a los  jefes de unidad departamental de su  área o a cualquier otro  servidor subalterno; y

IX.-Las demás que le confieran este ordenamiento o que le  sean encomendadas por la Presidencia del Tribunal, en el ámbito de sus respectivas competencias.

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Oficina de Recursos Humanos, Materiales y Servicios Generales
En materia de Compras y Recursos Materiales:

I.- Vigilar el cumplimiento de los ordenamientos legales  que rijan la materia de adquisiciones y arrendamientos de  bienes y servicios destinados al uso propio del Tribunal Electoral;

II.- Realizar directamente o en coordinación con algún otro organismo autorizado, las adquisiciones de los artículos de  consumo destinados al Tribunal Electoral, conforme al concurso que se aya celebrado para tal fin;

III.- Llevar a cabo las adquisiciones de artículos de activo  fijo, conforme a las disposiciones que para ese efecto le hayan sido giradas por el Pleno o la Presidencia del Tribunal,

IV.- Formular el anteproyecto anual de las adquisiciones del  Tribunal, a fin de administrar su distribución de acuerdo a  las prioridades definidas;

V.-Conservar y resguardar los archivos que contengan la documentación relacionada con las compras de los insumos,  bienes y servicios que se hayan destinado al Tribunal  Electoral, cuando menos por un periodo de 10 años;

       Las demás que por acuerdo expreso le sean conferidas por el Pleno o Presidencia del Tribunal Electoral. En materia de Recursos Humanos y Servicios Generales: 

I.- Vigilar la observación de las leyes, reglamentos y demás  disposiciones legales en materia laboral;

II.- Implantar, coordinar y evaluar los sistemas de  administración y desarrollo de personal;

III.- Llevar a cabo las actividades necesarias relacionadas  con el reclutamiento, selección, nombramiento y control de  personal que  labore para el Tribunal Electoral, conforme a los lineamientos  que dicte el Pleno o de la Presidencia del Tribunal;

IV.- Implantar el sistema de remuneraciones al personal de conformidad con los catálogos de puestos, tabuladores de  sueldos y presupuestos autorizados;

V.- Previo acuerdo con la Presidencia, otorgar, licencias  con goce o no de sueldo, así como autorizar las reubicaciones y cambios de adscripción y determinar períodos de vacaciones escalonados;

VI.-Proponer entre los servidores públicos que laboren para el Tribunal Electoral, candidatos para la aplicación de los sistemas de premios, estímulos y recompensas al personal, que señale la Ley de la materia;

VII.- Participar e integrar las comisiones mixtas y comités que establezcan las disposiciones aplicables;

VIII.- Operar o auxiliar en su caso, el sistema de pago de  nómina en coordinación con el área financiera;

XI.- Las demás que por acuerdo expreso le sea conferidas  por acuerdo del Pleno o de la Presidencia del Tribunal Electoral
.

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Oficina de Informática

I.-Realizar el análisis, diseño, evaluación y depuración de  los sistemas que se requieran para el apoyo y soporte a las  diferentes actividades del Tribunal;

 II.-Elaborar, instructivos, guías, manuales y demás  documentos relacionados con el uso, operación y manejo  de los diferentes sistemas; 

 III.-Realizar con acuerdo previo del Presidente, el reclutamiento,y evaluación del personal técnico en  informática que laborará en las diferentes áreas del Tribunal;

IV.-Capturar, procesar y emitir los reportes estadísticos de  la información generada; 

V.-Implementar técnicas para la validación de la información  procesada;

VI.-Cuidar la integridad del Sistema de transmisión, en la  transferencia de información;
VII.-Administrar los recursos de red; 
VIII.-Realizar los respaldos correspondientes de la  información electoral generada;

IX.-Diseñar e implementar el sistema correspondiente al  programa de resultados preliminares;

X.-Apoyar a las Direcciones u Órganos que conforman el  Tribunal, tomando en cuenta sus prioridades;

XI.-Elaborar su Manual de Organización y Métodos; y

XII.-Las demás que determine la Ley, este reglamento, o  expresamente le confieran el Pleno o el Presidente del  Tribunal Electoral.

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Sección de Contabilidad

En materia de administración y contabilidad: 

I.- Vigilar la observancia de las leyes, reglamentos y demás disposiciones legales en materia financiera, contable y  presupuestal que corresponda al tribunal;

II.- Coordinar la integración y efectuar el control del ejercicio  presupuestal autorizado para cada una de las áreas que conformen el Tribunal:

III.- Implantar, coordinar y evaluar los sistemas contables,  que permitan la correcta aplicación de los recursos asignados  conforme a lo que establezca el presupuesto;

IV.- Proponer las modificaciones presupuestales que  requiera el Tribunal;

V.- Realizar las gestiones y trámites necesarios para que se  les cubran las remuneraciones y liquidaciones al personal que labore en el Tribunal Electoral;

VI.- Coordinar la elaboración e integración de la información  necesaria para rendir la cuenta pública del Tribunal;

VII.- Prestar asesoria y apoyo técnico a las demás áreas en  materia de contabilidad y ejercicio presupuestal;

VIII.- Suministrar a los servidores públicos del Tribunal que  lo requieran, los pasajes y viáticos necesarios para el  cumplimiento de comisiones; y

IX.- Las demás que se deriven de las leyes, reglamentos y  acuerdos del Pleno o de la Presidencia del Tribunal Electoral.

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Sección Comunicación Social

En materia de comunicación social: 

I.-Establecer y coordinar las relaciones con los representantes de los medios de comunicación;

II.-Difundir y promover a través de los medios de  comunicación, las actividades del Tribunal Electoral, así como  los servicios que proporcione en beneficio de la población;

III.-Ser conducto del Tribunal Electoral, para informar a la  población de los cursos y programas en materia electoral,  que lleve a cabo;

IV.-Elaborar diariamente los boletines informativos que se  distribuyan a los de medios masivos de comunicación;

V.-Organizar ruedas de prensa que le sean requeridas por  el personal autorizado del Tribunal Electoral, con el fin de  difundir la información aprobada por éste;

VI.-Analizar y difundir la información publicada en los diversos medios periodísticos, locales y nacionales de interés para el Tribunal Electoral, haciéndola llegar a cada uno de  los magistrados;

VII.-Monitoreo a noticiarios radiales y televisivos, en su  aspecto de spots o cápsulas informativas y entrevistas en  programas periodísticos que estén relacionadas con las  atribuciones del Tribunal Electoral;

VIII.-Coordinar eventos sociales entre el personal del propio  Tribunal y culturales electorales para partidos políticos, para  litigantes y para la población universitaria;

IX.-La atención al público en general que visite al Tribunal o  que asista a las sesiones públicas del propio Tribunal.

X.-En materia de Difusión:

XI.-Diseñar y elaborar el material didáctico-educativo para  ser distribuido a la población abierta, como carteles, folletos, volantes, etc., que informe las actividades del Tribunal  Electoral;

XII.-Proponer, diseñar y elaborar las publicaciones que estime convenientes para la mejor divulgación de las materias jurídica-electorales;

XIII.-Tramitar lo relativo a los derechos de autor y registro de  las publicaciones;

XIV.-Distribuir y llevar el control de las publicaciones que  sean aprobadas por el Presidente del Tribunal Electoral y de  la Comisión Editorial autorizado por acuerdo del Pleno;

XV.-Gestionar la publicación de los ordenamientos y  disposiciones que procedan, en el periódico oficial del estado de conformidad a las instrucciones que se reciban.

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