ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES
Atribuciones del Pleno
I.-Expedir su reglamento interior;
II.-Nombrar al Secretario General de Acuerdos y a los demás
servidores públicos a propuesta del Presidente; además, resolver sobre las renuncias que presenten;
III.-Llamar a los magistrados suplentes a desempeñar funciones, de acuerdo a lo previsto en la presente ley y en la Ley Electoral del Estado;
IV.-Conocer de los juicios de inconformidad y recursos de apelación que se promuevan de acuerdo con lo dispuesto por la Ley Electoral del Estado;
V.-Vigilar el irrestricto cumplimiento de la ley en el ejercicio de sus funciones;
VI.-Celebrar cuando menos, una sesión mensual;
VII.-Fijar los mecanismos para sustentar criterios de jurisprudencia obligatoria en la materia, así como conocer las controversias sobre la contradicción de criterios sustentados por las salas;
VIII.-Resolver los conflictos de trabajo suscitados entre el Tribunal Electoral y sus servidores públicos en términos de la fracción XII del apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos, a partir del dictamen que le presente la Comisión Substanciadora del propio Tribunal;
IX.-Designar, a propuesta de su Presidente, al representante del Tribunal Electoral ante la Comisión Substanciadora para los efectos señalados en la fracción anterior;
X.-Elegir por mayoría de votos, por cédula, en votación secreta y escrutinio público a los tres magistrados que integrarán la Sala Permanente del Tribunal Electoral que fungirá en los recesos de éste;
XI.-Elegir a los magistrados director y subdirector del Instituto de Investigaciones y Capacitación Electoral;
XII.-Solicitar al Consejo Electoral del estado los documentos necesarios para poder ejercer cabalmente sus funciones;
XIII.-Elaborar el dictamen técnico en el que se analice y emita opinión sobre la actuación y el desempeño de los magistrados, siguiendo los requisitos que señala el artículo 23 fracción XXVII de la presente Ley;
XIV.-Emitir las bases mediante acuerdos generales, para que las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que realice el Tribunal Electoral, se ajusten a los criterios contemplados en la ley de la materia; y
XV.-Las demás que le confiere esta Ley.
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Atribuciones del Presidente del Tribunal y Pleno
I.-Integrar el Pleno del Tribunal con los demás magistrados;
II.-Presidir el Tribunal Electoral del Poder Judicial del estado;
III.-Dirigir los debates y mantener el orden en las sesiones del Pleno del Tribunal;
IV.-Representar al Tribunal ante toda clase de autoridades;
V.-Convocar en los recesos, a los magistrados propietarios para
la integración del Pleno;
VI.-Proponer el nombramiento del Secretario General de Acuerdos y demás
personal administrativo del Tribunal;
VII.-Dictar las medidas que exija el buen servicio y la disciplina del Tribunal,
e imponer las sanciones administrativas que procedan, al Secretario General de Acuerdos, a los secretarios relatores y
demás servidores;
VIII.-Resolver sobre las solicitudes de licencias del personal administrativo, en los
términos de las disposiciones legales plicables;
IX.-Conocer y despachar la correspondencia del
Tribunal;
X.-Realizar los actos administrativos que se requieran para
el buen funcionamiento del Tribunal;
XI.-Elaborar el proyecto de presupuesto del Tribunal, someterlo a la
aprobación del Pleno, y una vez aprobado, remitirlo al Presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, para
que se incluya en el Presupuesto de Egresos del Poder Judicial;
XII.-Rendir, en la última sesión del Tribunal, un informe
dando cuenta de los asuntos tramitados y de los principales criterios adoptados en sus decisiones;
XIII.-Ejercer el Presupuesto de Egresos del Tribunal;
XIV.-Turnar, proporcional y equitativamente, entre él y los demás
magistrados los asuntos para su estudio y presentación del proyecto de resolución que en cada uno debe dictarse;
XV.-Ordenar y vigilar que se notifique a los organismos electorales y
demás partes interesadas, las resoluciones que emitan;
XVI.-Remitir al Congreso del Estado, el dictamen técnico a
que se refiere la fracción XXVII del artículo 23 de la presente Ley.
XVII.-Proponer al Pleno del Tribunal Electoral, el
representante de este último, ante la correspondiente Comisión Substanciadora; y
XVIII.-Las demás que le confiera el Pleno del Tribunal.
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Atribuciones de los Magistrados
I.-Ejercer su encargo para el que fueron elegidos en los términos de
la Constitución, la Ley Orgánica, la Ley Electoral y este reglamento;
II.-Concurrir, participar
y votar cuando corresponda en las sesiones públicas y reuniones privadas a las que sean convocados;
III.-Integrar la Sala de su adscripción o, en su caso, el
Pleno del Tribunal, para resolver colegiadamente los asuntos de su competencia;
IV.-Solicitar al Presidente de la Sala correspondiente,
para que, en casos extraordinarios, se realice alguna diligencia para mejor proveer, siempre que ello no sea
obstáculo para resolver dentro de los plazos legales.
V.-Elaborar los proyectos de sentencia de los medios de
impugnación que se someten a su conocimiento, bajo su estricta responsabilidad y
con el apoyo de los secretarios adscritos a su ponencia, circulando
oportunamente una copia de dicho proyecto a los demás magistrados de su Sala de adscripción;
VI.-Exponer en reunión privada, el proyecto de resolución
correspondiente, señalando las circunstancias jurídicas y los preceptos en que se funde;
VII.-Discutir y en su caso aprobar los proyectos de
resolución que sean sometidos a su consideración en las sesiones públicas;
VIII.-Formular voto particular o razonado cuando disienta
de un proyecto de resolución aprobado por mayoría;
IX.-Solicitar, según el caso, al Secretario General de
Acuerdos o al Secretario de Acuerdos de Sala, la información relacionada con la
actividad jurisdiccional del Tribunal Electoral;
X.-Requerir a las áreas correspondientes los apoyos
técnicos necesarios para la adecuada substanciación y resolución de los medios
de impugnación que conozca;
XI-Participar de manera permanente cuando así lo determine
el Pleno, durante los recesos de las Salas, en las actividades relacionadas con
la profesionalización del servicio, definición de criterios de jurisprudencia,
capacitación, investigación, difusión académica en materia de justicia electoral
y en las iniciativas de leyes electorales.
XII.-Solicitar, para el adecuado desempeño de sus
funciones, la cooperación de los órganos del TribunaI Electoral,
XIII.-Proponer al Presidente del Tribunal la realización de
un Pleno Extraordinario, exponiendo en la misma el asunto a tratar;
XIV.-Las demás que les confieran las disposiciones legales
y este reglamento.
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Atribuciones del Secretario General de
Acuerdos
I.-Autorizar los acuerdos, resoluciones,
diligencias, exhortos y despachos que se dicten y ordenen por el Pleno del
Tribunal Electoral, la Sala Superior y Sala Permanente;
II.-Examinar
y turnar para su radicación, inmediatamente a su presentación a las Salas
competentes del Tribunal, bajo su responsabilidad, los escritos, oficios,
documentos y medios de impugnación que se reciban para que dicten las
prevenciones y resoluciones que procedan;
III.-Supervisar que los
expedientes sean registrados, foliados, rubricados y entresellados como lo
disponga este reglamento;
IV.-Formular y dar trámite a los exhortos
y despachos que se ordenen en actuaciones;
V.-Formular y dar trámite
a los requerimientos que se ordenen en actuaciones para la debida
substanciación de los expedientes, siempre y cuando ello no sea obstáculo para
resolver dentro de los plazos legales;
VI.-Efectuar las
certificaciones necesarias para el debido engrose de las sentencias de la Sala
Superior y de las resoluciones aprobadas por el Pleno;
VII.-Llevar
el registro de las sustituciones temporales y definitivas de los
magistrados;
VIII.-Supervisar el adecuado funcionamiento de la
Oficialía de Partes, archivo del TribunaI y sus demás áreas de
apoyo;
IX.-Elaborar los proyectos de manuales e instructivos de sus
áreas de apoyo sometiéndolos a consideración del Presidente del
Tribunal;
X.-Publicar dentro de las veinticuatro horas en los
estrados del Pleno, de la Sala Superior y Permanente, la lista de los asuntos
a tratar en la correspondiente sesión pública;
XI.-Verificar que los
magistrados reciban con la suficiente anticipación a las reuniones privadas y
sesiones públicas, según sea el caso, copia de los proyectos de sentencia que
habrán de analizarse y discutirse, así como de aquéllos que habrán de
presentarse para su votación;
XII.-Acordar con el Presidente el orden
del día de las sesiones y lo concerniente a las mismas, debiendo verificar la
existencia de quórum legal;
XIII.-Supervisar las grabaciones de las
sesiones públicas del Tribunal actuando en Pleno, así como las respectivas de
la Sala Superior;
XIV.-Llevar un registro de los servidores públicos
del Tribunal;
XV.-Realizar los trámites conducentes para que se
publiquen en el periódico oficial "El Estado de Jalisco", los actos que
encomiende el Presidente del Tribunal;
XVI.-Legalizar, con
autorización del Presidente del Tribunal, la firma de cualquier servidor del
Tribunal, en los casos que la ley lo exija;
XVII.-Elaborar los
informes y reportes estadísticos en materia jurisdiccionaI que le sean
requeridos por las Salas y por el Presidente del
Tribunal;
XVIII.-Supervisar que se entregue, con toda oportunidad, a
los magistrados los documentos y anexos necesarios para el estudio y discusión
de los asuntos contenidos en el orden del día de las
sesiones;
XIX.-Dar cuenta de los asuntos tratar en la sesión pública
que corresponda;
XX.-Levantar las actas de las sesiones y someterlas
a la aprobación y firma de los magistrados;
XXI.-Informar sobre el
cumplimiento de los acuerdos;
XXII.-Auxiliar al Presidente del Pleno
y de la Salas y dotarlos con los elementos administrativos a su disposición
para que cumplan cabalmente con sus funciones;
XXIII.-Las demás que
le confieran las disposiciones legales aplicables y este reglamento, así como
las que le encomienden la Sala Superior o el Presidente del Tribunal
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Atribuciones del Director
I.-Programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el
desempeño de las labores encomendadas a las unidades departamentales y
administrativas, que integren la dirección a su cargo;
II.-Acordar con el Presidente del Tribunal la resolución de
los asuntos, cuya tramitación corresponda al área de su competencia;
III.-Realizar los dictámenes, opiniones, estudios, e
informes que le sean solicitados por la Presidencia del Tribunal;
IV.-Elaborar el anteproyecto del programa de presupuesto
anual, que le corresponda conforme a las normas establecidas;
V.-Formular los proyectos de manuales de organización,
procedimientos y servicios de la dirección a su cargo y de las demás unidades
departamentales y administrativas que la conformen;
VI.-Someter a la consideración de la Presidencia del
Tribunal; los proyectos sobre creación, organización, modificación, fusión o
supresión de las unidades departamentales o administrativas que correspondan a
su área;
VII.-Proporcionar, previa autorización de la Presidencia,
la información, asesoria y cooperación técnica que le sean solicitadas por las
demás direcciones y unidades departamentales del Tribunal;
VIII.-Recibir, en acuerdo ordinario o extraordinario, a
los jefes de unidad departamental de su área o a cualquier otro servidor
subalterno; y
IX.-Las demás que le confieran este ordenamiento o que le
sean encomendadas por la Presidencia del Tribunal, en el ámbito de sus
respectivas competencias.
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Oficina de Recursos Humanos, Materiales y
Servicios Generales
En materia de Compras y Recursos
Materiales:
I.- Vigilar el cumplimiento de los ordenamientos
legales que rijan la materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes y
servicios destinados al uso propio del Tribunal Electoral;
II.-
Realizar directamente o en coordinación con algún otro organismo autorizado, las
adquisiciones de los artículos de consumo destinados al Tribunal Electoral,
conforme al concurso que se aya celebrado para tal fin;
III.- Llevar a
cabo las adquisiciones de artículos de activo fijo, conforme a las
disposiciones que para ese efecto le hayan sido giradas por el Pleno o la
Presidencia del Tribunal,
IV.- Formular el anteproyecto anual de las
adquisiciones del Tribunal, a fin de administrar su distribución de acuerdo a
las prioridades definidas;
V.-Conservar y resguardar los archivos
que contengan la documentación relacionada con las compras de los insumos,
bienes y servicios que se hayan destinado al Tribunal Electoral, cuando menos
por un periodo de 10 años;
Las demás que por
acuerdo expreso le sean conferidas por el Pleno o Presidencia del Tribunal
Electoral. En materia de Recursos Humanos y Servicios
Generales:
I.- Vigilar la observación de las leyes,
reglamentos y demás disposiciones legales en materia laboral;
II.- Implantar, coordinar y evaluar los sistemas de
administración y desarrollo de personal;
III.- Llevar a cabo las
actividades necesarias relacionadas con el reclutamiento, selección,
nombramiento y control de personal que labore para el Tribunal Electoral,
conforme a los lineamientos que dicte el Pleno o de la Presidencia del
Tribunal;
IV.- Implantar el sistema de remuneraciones al personal de
conformidad con los catálogos de puestos, tabuladores de sueldos y presupuestos
autorizados;
V.- Previo acuerdo con la Presidencia, otorgar,
licencias con goce o no de sueldo, así como autorizar las reubicaciones y
cambios de adscripción y determinar períodos de vacaciones
escalonados;
VI.-Proponer entre los servidores públicos que laboren
para el Tribunal Electoral, candidatos para la aplicación de los sistemas de
premios, estímulos y recompensas al personal, que señale la Ley de la
materia;
VII.- Participar e integrar las comisiones mixtas y comités
que establezcan las disposiciones aplicables;
VIII.- Operar o
auxiliar en su caso, el sistema de pago de nómina en coordinación con el área
financiera;
XI.- Las demás que por acuerdo expreso le sea conferidas
por acuerdo del Pleno o de la Presidencia del Tribunal Electoral.
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Oficina de Informática
I.-Realizar el análisis, diseño, evaluación y depuración de
los sistemas que se requieran para el apoyo y soporte a las diferentes
actividades del Tribunal;
II.-Elaborar, instructivos, guías, manuales y demás documentos
relacionados con el uso, operación y manejo de los diferentes
sistemas;
III.-Realizar con acuerdo previo del Presidente, el
reclutamiento,y evaluación del personal técnico en informática que laborará en
las diferentes áreas del Tribunal;
IV.-Capturar, procesar y emitir los reportes estadísticos
de la información generada;
V.-Implementar técnicas para la validación de la
información procesada;
VI.-Cuidar la integridad del Sistema de transmisión, en la
transferencia de información;
VII.-Administrar los recursos de red;
VIII.-Realizar los respaldos correspondientes de la
información electoral generada;
IX.-Diseñar e implementar el sistema correspondiente al
programa de resultados preliminares;
X.-Apoyar a las Direcciones u Órganos que conforman el
Tribunal, tomando en cuenta sus prioridades;
XI.-Elaborar su Manual de Organización y Métodos; y
XII.-Las demás que determine la Ley, este reglamento, o
expresamente le confieran el Pleno o el Presidente del Tribunal
Electoral.
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Sección de Contabilidad
En materia de administración y contabilidad:
I.- Vigilar la observancia de las leyes, reglamentos y
demás disposiciones legales en materia financiera, contable y presupuestal que
corresponda al tribunal;
II.- Coordinar la integración y efectuar el control del
ejercicio presupuestal autorizado para cada una de las áreas que conformen el
Tribunal:
III.- Implantar, coordinar y evaluar los sistemas
contables, que permitan la correcta aplicación de los recursos asignados
conforme a lo que establezca el presupuesto;
IV.- Proponer las modificaciones presupuestales que
requiera el Tribunal;
V.- Realizar las gestiones y trámites necesarios para que
se les cubran las remuneraciones y liquidaciones al personal que labore en el
Tribunal Electoral;
VI.- Coordinar la elaboración e integración de la información
necesaria para rendir la cuenta pública del Tribunal;
VII.- Prestar asesoria y apoyo técnico a las demás áreas
en materia de contabilidad y ejercicio presupuestal;
VIII.- Suministrar a los servidores públicos del Tribunal
que lo requieran, los pasajes y viáticos necesarios para el cumplimiento de
comisiones; y
IX.- Las demás que se deriven de las leyes, reglamentos y
acuerdos del Pleno o de la Presidencia del Tribunal Electoral.
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Sección Comunicación Social
En materia de comunicación social:
I.-Establecer y coordinar las relaciones con los representantes
de los medios de comunicación;
II.-Difundir y promover a través de los medios de
comunicación, las actividades del Tribunal Electoral, así como los servicios
que proporcione en beneficio de la población;
III.-Ser conducto del Tribunal Electoral, para informar a la
población de los cursos y programas en materia electoral, que lleve a cabo;
IV.-Elaborar diariamente los boletines informativos que se
distribuyan a los de medios masivos de comunicación;
V.-Organizar ruedas de prensa que le sean requeridas por el
personal autorizado del Tribunal Electoral, con el fin de difundir la
información aprobada por éste;
VI.-Analizar y difundir la información publicada en los
diversos medios periodísticos, locales y nacionales de interés para el Tribunal
Electoral, haciéndola llegar a cada uno de los magistrados;
VII.-Monitoreo a noticiarios radiales y televisivos, en su
aspecto de spots o cápsulas informativas y entrevistas en programas
periodísticos que estén relacionadas con las atribuciones del Tribunal
Electoral;
VIII.-Coordinar eventos sociales entre el personal del propio
Tribunal y culturales electorales para partidos políticos, para litigantes y
para la población universitaria;
IX.-La atención al público en general que visite al Tribunal o
que asista a las sesiones públicas del propio Tribunal.
X.-En materia de Difusión:
XI.-Diseñar y elaborar el material didáctico-educativo para
ser distribuido a la población abierta, como carteles, folletos, volantes, etc.,
que informe las actividades del Tribunal Electoral;
XII.-Proponer, diseñar y elaborar las publicaciones que estime
convenientes para la mejor divulgación de las materias jurídica-electorales;
XIII.-Tramitar lo relativo a los derechos de autor y registro
de las publicaciones;
XIV.-Distribuir y llevar el control de las publicaciones que
sean aprobadas por el Presidente del Tribunal Electoral y de la Comisión
Editorial autorizado por acuerdo del Pleno;
XV.-Gestionar la publicación de los ordenamientos y
disposiciones que procedan, en el periódico oficial del estado de conformidad a
las instrucciones que se reciban.
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