CAPACITACIÓN ELECTORAL

LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE JALISCO


CAPITULO X
DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES
Y CAPACITACION ELECTORAL


Artículo 100 G. El Programa Anual de Investigación y Capacitación Electoral deberá contener cuando menos lo siguiente:

I. El plan de divulgación de la cultura y legislación electoral en su cobertura municipal y por niveles educativos básicos, y media superior

II. El plan de capacitación electoral para militantes y simpatizantes de Partidos Políticos;

III. Plan de divulgación de la cultura y legislación electoral en foros, congresos y encuentros académicos;

IV. Estrategia permanente para el enriquecimiento del acervo bibliográfico y documental de la Biblioteca del Tribunal Electoral del Poder Judicial;

V. Actividades museográficas para la preservación de objetos y documentos relacionados con la evolución democrática del Estado; y

VI. Estrategias de coordinación con centros académicos para la elaboración de protocolos de investigación sobre cuestiones relacionadas con la democracia y los derechos cívicos.

Artículo 100 H. El Instituto contará con el personal administrativo que le asigne el pleno del Tribunal Electoral, el cual deberá seleccionarse entre los servidores públicos que no tengan asignadas tareas específicas en la sala permanente.

Artículo 100 I. Ni los magistrados, ni el personal comisionado al Instituto devengarán por ese hecho remuneración adicional.

Artículo 100 J. El Instituto deberá suscribir con las universidades, colegios y centros académicos, convenios de coordinación para el estudio y divulgación de la cultura y legislación electorales.

Artículo 100 K. Los trabajos de investigación que se realicen con el apoyo del Instituto, o como resultado de los convenios de coordinación, serán puestos a disposición de los Partidos Políticos y sociedades en general.

Artículo 100 L. El Instituto deberá ofrecer a los Partidos Políticos cuando menos una vez durante el año previo a la elección, cursos de capacitación electoral.

De los cursos que imparta el Instituto se entregarán constancias de capacitación a quienes los hubieren cursado satisfactoriamente

 
 
 
 
INSTITUTO "PRISCILIANO SÁNCHEZ"
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