INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE JALISCO

 

Artículo 71.-

Para el ejercicio de sus atribuciones el Tribunal Electoral se integrará por cinco magistrados, de entre los cuales será electo, por ellos mismos, el Presidente del Tribunal Electoral. Las sesiones de resolución de las salas serán públicas.

 

 

LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE JALISCO

 

Artículo 85.-

El Tribunal Electoral, estará integrado por cinco magistrados propietarios y por cinco suplentes.

Artículo 86.-

El Tribunal Electoral funcionará en Pleno, integrado por todos los magistrados propietarios,  salvo en caso fortuito o de fuerza mayor; en ambos casos, se llamará como auxiliar al Magistrado suplente que designen los restantes propietarios.

 

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TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE JALISCO
Lopez Cotilla No  1527    Col. Americana     C.P  44100
Tel. 01 (33) 30 01 71 00    Guadalajara, Jalisco.
Organigrama del Tribunal Electoral en Pleno

Organigrama de la Sala Permanente - Instituto

Organigrama del Instituto de Investigaciones y Capacitación Electoral
Organización y Funcionamiento
Atribuciones y Obligaciones de sus Órganos Internos
Tribunal Electoral (1948)
Tribunal Electoral (1979)
Tribunal de lo Contencioso Electoral (1987)
Tribunal de lo Contencioso Electoral (1994)
Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Jalisco (1997)