MAESTRÍA EN DERECHO ELECTORAL
EL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN POR CICLO
El procedimiento de evaluación fue establecido de la siguiente forma:
I. Cada ficha se divide en tres partes: a).- Rubro; b).- Contenido; y c).- Comentarios personales del maestrando; II. Solamente a las fichas que cuenten con las tres partes que la integran, citadas en la fracción anterior y, además, cumplan con la entrega de sus fichas con calidad y oportunidad según lo dispone el artículo 52 del Reglamento, ameritarán un visto bueno de “excelencia” equivalente a 100 puntos; III. Las fichas de trabajo que cuenten con las tres partes que la integran, ameritarán un visto bueno de Muy Bien equivalente a 90 puntos; IV. Las fichas de trabajo que sólo cuenten con dos de las tres partes que la integran, ameritan un visto bueno de Bien, equivalentes a un máximo de 80 puntos; y V. Las fichas de trabajo que no cuenten con un mínimo dos de las tres partes que la integran, no serán admitidas, en todo caso, serán devueltas al maestrando a efecto de que efectúe las correcciones pertinentes.
I. A las fichas y trabajos entregados, se otorgará un máximo de 70 puntos; y II. Por las asistencias para asesorías especiales o a cursos presenciales a que sean convocados; o a la impartición de prácticas de capacitación, se les otorgará un máximo de 30 puntos. La comisión de evaluación del Instituto, una vez que se haya completado el expediente académico del maestrando por haber culminado con todos los trabajos requeridos para acreditar la asignatura, se reunirá a fin de evaluar la calificación que habrá de asignarse al maestrando. Al asignar la calificación respectiva, tomará en consideración, la calidad y oportunidad con que el maestrando presentó sus fichas, ejercicios u otros trabajos, de acuerdo con el calendario establecido al efecto. |
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