La Secretaría General de Acuerdos es el área medular de todo Tribunal, ya que es el órgano a cuyo titular se le encomienda la atribución de autorizar con su firma las actas y demás actuaciones del Pleno, sumado a lo anterior y acorde con lo previsto por el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco, el Secretario General de Acuerdos tiene las siguientes atribuciones:
- Acordar con el presidente el orden del día de las sesiones de Pleno.
- Estar presente, dar cuenta de la asistencia de magistrados, tomar las votaciones y elaborar las actas de las sesiones del Pleno del Tribunal.
- Autorizar las actas y demás actuaciones del Pleno.
- Expedir las certificaciones de constancias que obren en los expedientes y archivos del Tribunal.
- Legalizar, con autorización del presidente, en el ámbito de su competencia, la firma de cualquier servidor en los casos que la ley lo exija.
- Mantener actualizados y debidamente custodiados los libros de actas.
- Comunicar, previo acuerdo del Pleno, los lineamientos generales para la integración, control, conservación y consulta de los expedientes jurisdiccionales.
- Dar seguimiento a los acuerdos plenarios.
- Recibir de los magistrados original y copia de los proyectos de sentencia que se presentarán en la sesión, para su distribución a los demás magistrados.
- Incorporar los engroses de las resoluciones.
- Recabar los informes y llevar las estadísticas en materia jurisdiccional.
- Supervisar el debido funcionamiento de la Oficialía de Partes del Tribunal.
- Vigilar que las notificaciones se hagan en tiempo y forma.
- Supervisar la integración, concentración, preservación y debido funcionamiento del Archivo del Tribunal.
- Publicar en los estrados del Tribunal la lista de los asuntos a resolver en las sesiones.
- Presidir el Comité y la Unidad de Transparencia del Tribunal.
- Informar permanentemente al presidente del Tribunal sobre el funcionamiento de las áreas a su cargo y del desahogo de los asuntos de su competencia.
- Apoyar al presidente en las tareas que éste le encomiende.
- Proporcionar a los magistrados la información y apoyo que le soliciten.
- Cubrir las vacantes temporales de magistrado, en los casos que así lo determine el Pleno del Tribunal.
- Las demás que le confiera el Pleno, el Reglamento y otras disposiciones aplicables.